El tratamiento contable de la reversión de pérdidas por deterioro

El tratamiento contable de la reversión de pérdidas por deterioro El apartado 3 de la DT 16ª de la LIS obliga a incorporar en la base imponible del impuesto, de forma lineal durante el periodo 2016-2020, los deterioros deducidos hasta 2013 por la pérdida de valor de las participaciones en los fondos propios de entidades. El ICAC en consulta del pasado 27 de febrero ha señalado que no existe obligación de reconocer el pasivo, por la reversión pendiente de aplicar en los ejercicios venideros, por…


La oposición al procedimiento monitorio tiene que ser fundada y motivada

La oposición al procedimiento monitorio tiene que ser fundada y motivada Con la reforma del artículo 815.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil operada por la Ley 4/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, BOE 6 de octubre de 2015, y entrada en vigor el 7 de octubre de 2015, no basta una alegación sucinta para oponerse al procedimiento monitorio, sino que la misma tendrá que ser fundada y motivada. La oposición tendrá que tener todos los…


Despacho de abogados especialistas en mercantil y fiscal. Briz Juridico Tributario. Madrid

En la motivación del dictamen pericial basado en el método de comparación la Administración debe identificar las muestras.

En la motivación del dictamen pericial basado en el método de comparación la Administración debe identificar las muestras El TEAC, unifica criterio y resuelve que, es determinante para que el dictamen pericial basado en el método de comparación resulte suficientemente motivado, que se identifiquen los testigos o muestras, así como las características que han determinado su elección, y, además, que los documentos que reflejen las operaciones tomadas como muestras, se incorporaren al expediente.……


La oposición al procedimiento monitorio tiene que ser fundada y motivada, no basta una alegación sucinta, a la vista de la nueva redacción del artículo 815.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La oposición al procedimiento monitorio tiene que ser fundada y motivada, no basta una alegación sucinta, a la vista de la nueva redacción del artículo 815.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Ley 4/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. BOE 6 de octubre de 2015 y entrada en vigor el 7 de octubre. Con la nueva regulación de la oposición al procedimiento monitorio no basta la frase usada en muchos escritos de oposición “NO DEBO NADA”, que…


RTEAC 15/12/2016: La Administración ha de motivar la aplicación de doctrina de la DGT a contribuyentes distintos

RTEAC 15/12/2016: La Administración ha de motivar la aplicación de doctrina de la DGT a contribuyentes distintos La Administración practicó una regularización en base al criterio manifestado en unas consultas de la Dirección General de Tributos planteadas por obligados tributarios distintos del contribuyente al que se le practicó la regularización. El contribuyente alegó que esas consultas no le eran aplicables porque sus hechos y circunstancias no eran iguales a los que plantearon las…