Se analiza en una reciente sentencia de la AP de Salamanca el carácter vinculante de la oferta de venta de sus acciones por un accionista, quien, tras haber comunicado a la sociedad su intención de transmitir sus acciones a un tercero y ver que sería la propia sociedad quien adquiriría sus acciones conforme a lo previsto en los estatutos sociales, pretendía retirar su oferta de venta antes de que la adquisición fuese aprobada por la junta de la sociedad.
El accionista transmitente alegaba que su oferta de venta era libremente revocable, sin embargo, la sentencia de la AP determina el carácter vinculante de la misma conforme a la doctrina de los actos propios. Señala la sentencia que la oferta de venta no es revocable ya que de este modo se preserva el equilibrio entre los distintos intereses concurrentes, sin perjuicio de que la oferta pudiera ser revocable, si el oferente se pudiera ver económicamente perjudicado, lo que no se daba en este caso.