El consultante, es participe de un plan de pensiones con aportaciones anteriores al año 2007, accedió a la jubilación en 2022 y tienen intención de realizar dos rescates parciales en forma de capital en 2023 y 2024.
Se pregunta la posibilidad de aplicar la reducción del 40 por ciento.
La normativa del IRPF califica las prestaciones percibido de planes de pensiones como Rendimiento del Trabajo.
La normativa contempla un régimen transitorio aplicable a los planes de pensiones, permitiendo que las prestaciones derivadas de contingencias a partir del 1 de enero de 2007, por la parte correspondiente a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, podrán aplicarse una reducción del 40% siempre que se reciban en forma de capital. Este régimen transitorio solo se puede aplicar en el año de contingencia y en los dos años siguientes.
En este caso, el consultante se desprende que la contingencia acaeció en 2022, por lo que el plazo para aplicar dicho régimen transitorio finalizaría el 31 de diciembre de 2024.
Y sobre la posibilidad de efectuar la reducción del 40% sobre los dos rescates parciales de un mismo plan de pensiones en forma de capital uno en 2023 y otro en 2024, solamente podrá aplicarse la reducción del 40 por 100 a una de ellas. No obstante, podrá elegir el periodo impositivo en el que aplicar la reducción a la prestación percibida en forma de capital.