El régimen de neutralidad podría no ser aplicable a una operación de reestructuración realizada con el objetivo de acceder al régimen de empresa familiar
En el presente supuesto el consultante plantea la posibilidad de aplicar el régimen de neutralidad fiscal en una eventual aportación de las participaciones que el consultante ostenta en A en favor de la sociedad B. Los motivos económicos que le impulsan la realización de esta operación son los siguientes:
(i) centralizar en la sociedad B la actividad de prestación de servicios de gestión al grupo A
(ii) reorganizar el patrimonio empresarial del consultante y poder así acceder a los beneficios fiscales previstos para la empresa familiar
(iii) canalizar en la entidad B los beneficios repartidos por la entidad A, lo que permitirá acometer nuevas inversiones financieras o proyectos empresariales.
La DGT señala que el fundamento del régimen especial reside en que la fiscalidad no debe ser un freno ni un estímulo en las tomas de decisiones de las empresas sobre operaciones de reorganización empresarial. Pero cuando el objetivo principal que se persiga con la operación de reestructuración sea el fraude o la evasión fiscal, no resultará de aplicación el régimen, debiendo eliminarse la ventaja fiscal perseguida.
Así, en opinión de la DGT, la operación proyectada se habría realizado, entre otros fines, con el propósito de poder acceder a los beneficios fiscales previstos en el ordenamiento tributario para las empresas familiares, en sede de la persona física consultante, lo cual debería ser tomado en consideración, por parte de los órganos competentes de comprobación, a efectos de determinar si la operación planteada se hubiera llevado a cabo con la finalidad de obtener una ventaja fiscal, no siendo en este caso de aplicación el régimen de neutralidad fiscal.