Deducibilidad y no deducibilidad de salarios en misma situación
Deducibilidad de los salarios de dos trabajadoras que trabajan para otras empresas del mismo grupo mercantil, y la no deducibilidad del salario de un administrador único en la misma situación.
El Tribunal está evaluando la deducibilidad de los salarios del administrador único y de dos empleadas.
– En cuanto a los salarios de las dos trabajadoras: el Tribunal considera que el hecho de que trabajen para otras empresas del mismo grupo no hace que sus salarios sean considerados como gastos innecesarios que no se pueden deducir. Siendo claro que están haciendo un trabajo real, no se puede negar la conexión entre sus salarios y la actividad principal de la empresa (en este caso, alquiler de locales industriales). La relación no se puede comparar con una operación específica, sino con la gestión económica general de la empresa. En resumen, el tribunal cree que la Administración tributaria ha interpretado de manera demasiado amplia el término «liberalidad», lo que lleva a aceptar la impugnación de este aspecto.
– Retribuciones abonadas al administrador único: En cuanto a las retribuciones pagadas al administrador único, la situación es diferente. No se trata de un argumento legal sobre si el administrador está vinculado o no a la empresa, sino de un debate basado en hechos. La administración tributaria cuestiona si el administrador realiza tareas diferentes a las esperadas de su cargo, pero no se han proporcionado pruebas sólidas que respalden esta afirmación, solo se ha mencionado que el administrador ha realizado negociaciones y estudios para mejorar el rendimiento de la empresa, tareas que se consideran parte de su rol de gestión. Por lo tanto, se desestima la impugnación y se confirma la sanción impuesta