Aplicación de la reducción por rendimientos irregulares a consejeros por la retribución con ocasión de su despido.
Recientemente, se ha publicado una sentencia del Tribunal Supremo, de 25 de julio de 2023, que resulta de vital importancia en materia de altos directivos.
En esta sentencia, el Alto Tribunal se pronuncia sobre si procede o no aplicar la reducción por rendimientos irregulares recogida en el art. 18.2 de la LIRPF a las cantidades que una empresa entrega a los altos directivos que también son consejeros con motivo de su despido.
En primer lugar, se analiza la interpretación que debe realizarse del artículo 18.2, entendiéndose que se podrá aplicar la reducción en cuestión siempre que nos encontremos ante rendimientos distintos a pensiones y asimilados, cuando, además, se cumplan también los requisitos de generación superior a dos años y de obtención de las cantidades sin periodicidad ni recurrencia.
Por otro lado, el Tribunal Supremo determina que, el hecho de que las rentas percibidas por los consejeros se recojan como rendimientos del trabajo en el art. 17.2 e), juega a favor de la posibilidad de aplicar la reducción.
Finalmente, solventa el último escollo, relativo a la teoría del vínculo, afirmando que, en determinadas situaciones, la relación mercantil no tiene por qué engullir a la laboral, sino que pueden coexistir. Para ello, cita jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que se establece que la relación laboral no puede ser anulada por la mercantil en los casos en los que se pueda beneficiar al trabajador, de tal forma que los trabajadores que forman parte del órgano de administración de una empresa no deben estar en una posición fiscal desfavorable en comparación con otros empleados.
En base a estos razonamientos, falla que, efectivamente, sí que cabe aplicar la reducción por rendimientos irregulares prevista en el art. 18.2 de la LIRPF a las retribuciones percibidas por altos directivos que también son consejeros con ocasión de su despido, cuando se cumplen el resto de los requisitos exigidos en el precepto.
Esta sentencia marca un importante paso hacia la igualdad de condiciones fiscales y redefine la relación entre altos directivos y administradores sociales en el contexto legal español.
STS de 25 de julio de 2023.