Se puede acudir a la vía contenciosa sin necesidad de agotar la vía administrativa previa en los casos de desestimación por silencio
Se analiza en esta Sentencia por parte del Tribunal Supremo un caso en el que tras formularse una solicitud de devolución de ingresos indebidos ante un Ayuntamiento en relación con un impuesto local se acude a la vía contenciosa entendiendo desestimada la solicitud de devolución presentada por silencio negativo, inadmitiéndose el recurso por el Tribunal por no haberse agotado la vía administrativa previa.
El Tribunal Supremo afirma que la inadmisión del recurso no es válida, estableciendo la siguiente Jurisprudencia:
- En aquellos casos en que se produce una desestimación presunta por silencio negativo no hay un acto administrativo como tal que incorpore información sobre el régimen de recursos, sino una mera ficción de acto, por lo que no procede declarar la inadmisibilidad de un recurso contencioso-administrativo, por falta de agotamiento de la vía administrativa previa.
- La Administración no puede obtener ventaja de sus propios incumplimientos ni invocar, en relación con un acto derivado de su propio silencio, la omisión del recurso administrativo debido.
- Si tras la formulación del recurso contencioso-administrativo la Administración emite resolución expresa, no es necesario ampliar el recurso a dicha resolución salvo que la citada resolución modifique la resolución presunta en algún punto, ni tampoco se puede exigir al interesado que agote la vía administrativa previa recurriendo dicha resolución expresa, lo que generaría aún más dilaciones indebidas.
- La Administración no tiene un derecho al silencio, sino una obligación de resolver el fondo de los recursos, cuando fueron dirigidos frente a actos presuntos como consecuencia del silencio, que no es una alternativa legítima a la respuesta formal y explícita que debe darse, por lo que resulta una actitud contraria al principio de buena administración.
Es de agradecer que el Tribunal Supremo vaya acotando la práctica, muchas veces frecuente, de la Administración de no resolver los recursos dejando pasar el plazo y obligando al contribuyente a un periplo procesal innecesario.
Tribunal Supremo. Sentencia 280/2023, de 7 de marzo de 2023. Rec. nº 3069/2021.