Los contribuyentes tendrán que recurrir a la autoliquidación rectificativa, que sustituirá, en aquellos tributos en los que así se establezca, al actual sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación, según se establece en una enmienda introducida por el Grupo Socialista a la reforma de la Ley General Tributaria, que ahora se tramita en el Congreso.
Así, el obligado tributario podrá rectificar, completar o modificar la autoliquidación presentada con anterioridad, con independencia del resultado de la misma, sin esperar la resolución administrativa.
Cuando la rectificación de una autoliquidación implique una minoración del importe a ingresar de la autoliquidación previa y no origine una cantidad a devolver, se mantendrá la obligación de pago hasta el límite del importe a ingresar resultante de la rectificación. En los casos en que lo establezca la normativa propia del tributo, el obligado tributario deberá presentar una autoliquidación rectificativa, utilizando el modelo normalizado de autoliquidación.