Posibilidad de aplicar la reducción por alquiler de vivienda habitual en el IRPF
La consultante es propietaria de varios pisos donde alquila las habitaciones para larga estancia de los inquilinos
Pregunta si puede aplicar la reducción por arrendamiento de vivienda en relación con los rendimientos que obtenga de los arrendamientos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Tributos responde que en la medida en que sean considerados rendimientos de capital inmobiliarios y no rendimiento de actividades económicas, es posible aplicar la reducción del 60 % por arrendamiento de vivienda habitual siempre que:
- el destino efectivo del objeto del contrato sea el de vivienda permanente del propio arrendatario.
Por último, recalca la DGT que es una cuestión de hecho correspondiéndole la valoración a los órganos de Gestión e Inspección.