No procede la rectificación de IS para incluir BINs de ejercicios prescritos no incluidas en las autoliquidaciones
El Supremo señala que no procede la rectificación de IS para incluir BINs de ejercicios prescritos no incluidas en las correspondientes autoliquidaciones
En el presente supuesto la recurrente es una sociedad que había solicitado la rectificación de una autoliquidación de IS, incluyendo BINs de ejercicios anteriores prescritos, que no fueron incluidas en las autoliquidaciones en las que se hubiesen originado de haberse aplicado correctamente la norma.
La sociedad sostenía que de la misma forma que la Ley ha extendido el derecho de la Administración a comprobar las BINs más allá del plazo de prescripción del ejercicio en que se han generado, debe extenderse el plazo para que el obligado tributario pueda corregir las declaraciones incorrectamente presentadas.
El Supremo desestima el recurso, fijando el criterio siguiente: “La solicitud de rectificación de autoliquidación, no permite que el contenido de esa rectificación consista en reconocer ex novo bases imponibles negativas generadas en periodos prescritos y que no fueron incluidas en las autoliquidaciones de esos ejercicios, ya que no puede extendérsele al obligado tributario el mismo plazo que la Ley reconoce a la Administración, por falta de norma expresa o de principio general que pueda decantarse de tal precepto.”