Conmutación del usufructo universal y vitalicio en las herencias testadas
La DGT se pronuncia en la presente consulta sobre la tributación de la conmutación del usufructo universal y vitalicio en una herencia testada, analizando dos opciones, cuando el testador: (i) baraja la posibilidad en el testamento de conmutar el usufructo universal y vitalicio legado al cónyuge viudo por bienes en pleno dominio; y (ii) ordena expresamente la conmutación.
Señala la DGT que tributará exclusivamente por IS en el supuesto en el que el testador ha previsto u ordenado dicha conmutación en el testamento. Por el contrario, además de la tributación en IS, si el testador no ha previsto u ordenado la conmutación, nacerá un hecho imponible adicional en concepto de consolidación de dominio y permuta. Sigue de esta manera la doctrina del TS y cambia el criterio que venía sosteniendo, posibilidad de conmutar sin que ello conllevara un hecho imponible adicional al del IS.