La entidad consultante es una filial española que ofreció a sus empleados opciones sobre acciones de la matriz del grupo. Según la descripción de los hechos de la consulta, la matriz y la filial no habían suscrito ningún acuerdo por el que la filial debiera compensar a la matriz por el coste. Se pregunta a la DGT, si la entrega por la matriz de acciones a los empleados de la filial es deducible en el cálculo de la base imponible del IS de esta última.
La DGT determina que: i) la filial debió de reconocer contablemente el gasto de personal con abono a fondos propio en el ejercicio en el que los empleados recibieron las opciones, y ii) que dicho gasto será deducible en el IS de la filial, en el ejercicio en el que los empleados ejerciten las opciones, adquiriendo las acciones de la matriz.