Tributación en TPO de contrato de compraventa sujeto a condición resolutoria
El TSJ de Cataluña se pronuncia sobre la tributación en TPO de la resolución de un contrato de compraventa por cumplimiento de una condición pactada por las partes. El presente caso consiste en una compraventa con subrogación en la que el precio de compraventa fue retenido por el comprador con el fin de pagar el préstamo que gravaba la finca.
Más tarde, el adquirente solicita devolución de lo ingresado en concepto de TPO al formalizarse una escritura de retrocesión de compraventa por no haber accedido la entidad bancaria a subrogar a los compradores y no corresponderse las condiciones del crédito a lo manifestado por la parte vendedora. La oficina gestora denegó la devolución solicitada.
El TSJ viene a conceder el derecho a la devolución de lo ingresado, puesto que efectivamente la compraventa se encontraba sujeta a una condición resolutoria pendiente de la voluntad de un tercero ajeno, que finalmente desencadenó la resolución del contrato. Además, establece que no es necesario que se declare judicial o administrativamente la resolución del contrato para la devolución puesto que existe una condición resolutoria pactada por ambas partes.