El Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, establece, entre otras medidas, el aplazamiento de 6 meses del pago de impuestos a pymes y autónomos, sin intereses durante los 3 primeros meses para las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones a presentar entre el 1 y el 30 de abril de 2021.
El aplazamiento solo afecta a liquidaciones del primer trimestre del 2021. Para optar al aplazamiento se deben cumplir dos requisitos:
- Volumen de operaciones de 2020 inferior a 6.010.1221,04 €.
- Aplazamiento con dispensa total o parcial de la garantía no superior a 30.000 €.