Necesaria comunicación de inclusión en la DEH

El TSJ de Valencia discute sobre las notificaciones electrónicas de la AEAT, cuando el recurrente no estaba incluido legalmente en el nuevo sistema de notificación electrónica. Demostrando esto último, son los hechos de que la AEAT practicó todas notificaciones del procedimiento de comprobación mediante correos certificados y que admitió las alegaciones contando los plazos desde su recepción.

Así, el TSJ de Valencia, estima el recurso, anulando la resolución impugnada del TEAR, por ser contraria a Derecho y devuelve las actuaciones a la fase de admisión en la vía económico-administrativa. Estableciendo la obligatoriedad de comunicar al obligado tributario su inclusión en la Dirección Electrónica Habilitada como paso previo para poder recibir notificaciones por vía electrónica.