Uso de vivienda para una actividad económica durante el estado de alarma.

En una consulta reciente la DGT ha resuelto que en el caso de un abogado autónomo que tiene que utilizar de manera puntual su vivienda habitual para el desarrollo de su actividad económica, ante la imposibilidad de acudir al despacho tras la declaración del estado de alarma, no es deducible el coste de los suministros utilizados, al no estar la vivienda parcialmente afecta a la actividad, siendo utilizada por una circunstancia ocasional y excepcional.