Liquidación y pago por vía telemática. Propiedad intelectual
La Subsecretaría establece la posibilidad de realizar el procedimiento para la liquidación y el pago de la “Tasa por determinación de tarifas de explotación de derechos de propiedad intelectual” (código 106) por vía telemática.
En su resolución establece el procedimiento para la liquidación y el pago, así como los requisitos para poder realizarlo, siendo esto posible únicamente para personas físicas o jurídicas parte en el procedimiento de determinación de tarifas sustanciado ante la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual.