Reducción del % del rendimiento de una vivienda a pesar de ocultar la operación
El arrendador de una vivienda que no ha declarado a Hacienda en su momento y es descubierto por la Agencia Tributaria, a pesar de haber ocultado la operación, mantiene el derecho a aplicarse la reducción del 60% de su rendimiento en la liquidación practicada.
Así unifica doctrina el Tribunal Supremo, en sentencia del 15 de octubre de 2020, en la que se dictamina que la regularización realizada por la AEAT en estos casos debe suponer la inclusión de las rentas no declaradas por el IRPF, pero también de la reducción del 60% que el contribuyente hubiera podido aplicar, ya que como estipula el Magistrado, en las comprobaciones debe incluir tanto aquello que puede perjudicarle, como lo que puede beneficiarle.