Inicio durante el año de actividad económica no incluida en la estimación

La DGT en una consulta reciente ha resuelto que en un caso en el que el 1 de junio de 2020 se inicia una actividad económica en estimación directa cuando ya se ejercía otra en estimación objetiva, la exclusión total del método de estimación objetiva se producirá en 2021, por lo que en el 2020 el rendimiento neto de cada actividad se determinará por método distinto.