Requisitos para poder aplicar las reducciones por alquiler de vivienda habitual

El consultante pretende arrendar un inmueble mediante un contrato de 5 años de duración, viviendo el arrendatario durante 6 meses al año.

Los RCI obtenidos por alquilar un inmueble para uso de vivienda habitual se reducen un 60%. Por tanto, para poder aplicar la reducción el inmueble debe tratarse de un arrendamiento de un inmueble destinado a vivienda.

En un principio, para considerar si un arrendamiento es destinado a vivienda habitual o no, se ha de atender el destino primordial de la edificación habitable (si el edificio tiene como uso principal el arrendamiento de temporada o de necesidad de vivienda permanente).

No obstante, la DGT mantiene la postura de que, independientemente del uso primordial del edificio, sí se acredita que efectivamente el arrendatario usase el inmueble como vivienda habitual. Es posible aplicar la reducción, pues se estaría efectivamente ante el arrendamiento de una vivienda.

La cuestión clave es satisfacer la necesidad permanente de vivienda de los arrendatarios.

Por ello, si el objetivo es satisfacer cualquier necesidad de temporada (de verano o cualquier otra) no es posible aplicar la reducción.