No deducibilidad de la pérdida derivada de la operación de ampliación de capital asociada a un contrato de equity swap
La AN considera que la suscripción del equity swap entre la entidad recurrente y la entidad financiera, y la consecutiva y relacionada ampliación de capital realizada por la entidad recurrente y suscrita por la entidad financiera, (previa renuncia del derecho de suscripción), se deberán analizar de forma conjunta, puesto que responden a un único propósito de negocio. Dado que en el momento de vencimiento de la operación, la acción cotizaba a un precio muy inferior al de emisión, los directivos no cobraron nada y la entidad recurrente tuvo que pagar a la entidad financiera una cantidad que reflejó en su contabilidad como pérdida.
Sin embargo, la AN considera correctos los cargos reflejados en concepto de gastos financieros, pero no los derivados al descenso de la cotización de las acciones. Por tanto, concluye que no será deducible dicha pérdida derivada de la operación de ampliación de capital por estar asociada al contrato de equity swap.
En este sentido, la AN afirma que dichos actos y negocios jurídicos tuvieron por causa la captación de recursos propios para la entidad recurrente, aunque se destinasen a la remuneración variable de los directivos de la entidad.