Determinación de la base imponible del ITPAJD en una dación en pago

 El TEAC debe pronunciarse sobre si la base imponible del ITP en daciones en pago se fija (i) en función del valor real del bien inmueble, (ii) o bien si esta debe de coincidir con el importe de la deuda pendiente de amortizar.

Este Tribunal, siguiendo el criterio del TS, establece que habrá que fijarse en el importe de la deuda pendiente de amortizar que se extingue con la operación: cuando dicha deuda sea superior al valor real del bien inmueble que se transmite será este valor de la deuda la base imponible.