Encabezamiento y desarrollo de motivos en los escritos de oposición
La Junta General de Magistrados de las Secciones Civiles de la Audiencia Provincial de Madrid y de la Sección Mercantil acordaron el 19 de septiembre de 2019, entre otros acuerdos, asumir los criterios y consecuencias establecidos por el Acuerdo de Pleno (no jurisdiccional) de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 27 de enero de 2017, sobre admisión de los recursos, respecto de número de páginas e interlineado, fuente y tamaño, tanto del texto como de las notas a pie de página o en la trascripción literal de preceptos o párrafos de sentencias que incorporen.
Por lo tanto, todos los recursos de apelación que se interpongan ante la Audiencia Provincial de Madrid, a partir de este momento, deberán ajustarse a los requisitos de forma exigidos por el Tribunal Supremo y no podrán exceder de 25 páginas en cuanto a su extensión.