El libro de socios y el ejercicio de los derechos de socio
Dos sociedades que no figuran inscritas en el libro registro de acciones nominativas de una tercera sociedad, impugnan determinados acuerdos sociales adoptados por esta última, desestimándose por falta de legitimación de las impugnantes.
Tal y como señala la AP de Madrid en una reciente sentencia “lo que otorga fuerza legitimadora frente a la sociedad para el ejercicio de los derechos del socio es precisamente la inscripción en el Libro registro de acciones nominativas.” No es posible convertir la impugnación de acuerdos sociales en un medio para resolver las controversias sobre titularidad de acciones.