INFORMACIÓN Y ASISTENCIA
En 2020 se pretende continuar potenciando tanto la diversidad como la calidad de los servicios de información y asistencia prestados a los contribuyentes, priorizando el uso de las nuevas tecnologías:
La Agencia Tributaria pretende desarrollar un nuevo modelo de asistencia al contribuyente, que se materializará en las siguientes actuaciones
- Creación de las denominadas «Administraciones de asistencia Digital Integral» (ADIs)
- Actualización del contenido del Asistente Virtual del sistema de Suministro Inmediato de Información en el 2020
- Diseño y desarrollo del denominado «Asistente censal», como herramienta de ayuda para la formalización y presentación de la declaración censal
- Consolidación de la aplicación móvil «Agencia Tributaria» que ofrece servicios personalizados a los contribuyentes.
- Se continuará avanzando en el servicio de Renta WEB con la mejora de la versión del programa de cartera de valores utilizando el incremento de datos facilitados por la modificación del modelo 189. Otra novedad a destacar es la modificación del apartado correspondiente a rendimientos de capital inmobiliario, con desglose de la partida de gastos y de cada uno de los datos necesarios para el cálculo de las amortizaciones,
- Se potenciarán los avisos en el documento de datos fiscales del IRPF de todas aquellas fuentes de renta tanto internas como internacionales de que se tenga conocimiento.
- Se pretende consolidar las herramientas de análisis y control de las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones para facilitar una tramitación y resolución más ágil.
- Se pondrán a disposición de los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades datos fiscales para facilitar el cumplimiento voluntario.
- El PRE-303 es un servicio de ayuda para la cumplimentación del modelo 303. En el año 2020 el PRE-303 se ofrecerá a determinados empresarios incluidos en el Suministro Inmediato de Información (SII), en concreto aquellos dados de alta en el Registro de devolución mensual (REDEME) que no sean gran empresa (volumen de ventas en el año anterior inferior a 6.010.121,04 €) excepto a ciertos empresarios.
PREVENCIÓN DE LOS INCUMPLIMIENTOS. EL FOMENTO DEL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE
- Se pretende asegurar una adecuada depuración de los censos, de forma que solo aquellas sociedades que realmente intervengan en el ámbito comercial o económico mantengan su plena vida jurídico-fiscal
- Están previstas medidas de mejora de la información censal como la realización de un control temprano a través de un mapa de riesgos de carácter preventivo que permita detectar situaciones de riesgo censal a la entrada en el censo de nuevos contribuyentes.
- En el marco de la generalización de los intercambios automáticos de información a nivel internacional, se analizará el cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida por parte de las Instituciones Financieras que deben seguir al objeto de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras para asegurar con ello el conocimiento del beneficiario efectivo, así como el correcto cumplimiento de su obligación de información a la Agencia Tributaria.
- Prevención en materia de Aduanas e Impuestos Especiales: Durante el año 2020, tras la consolidación del uso de las pre-declaraciones aduaneras, se implantará el pre-despacho aduanero que permitirá que los controles documentales a que queden sujetas las pre-declaraciones aduaneras se realicen de forma previa a la llegada.
LA INVESTIGACIÓN Y LAS ACTUACIONES DE COMPROBACIÓN DEL FRAUDE TRIBUTARIO Y ADUANERO
En 2020, está prevista la consolidación de un conjunto de acciones de asistencia y control, que van desde las de información y transparentación de datos fiscales, hasta las de comprobación inspectora, pasando por las denominadas «visitas censales» del tradicional Plan de Visitas.
- En 2020, se insistirá en el empleo de cartas informativas individuales. Este tipo de comunicaciones, que son habituales en países de nuestro entorno, permiten fomentar el cumplimiento por medio del traslado a los obligados tributarios de informaciones sobre su situación fiscal en relación con la de su entorno sectorial.
- En 2020 la Agencia ha previsto realizar un Plan especial de comprobación en relación con aquellos contribuyentes que han consignado reiteradamente en sus declaraciones bases imponibles negativas a compensar y deducciones pendientes de aplicar en el Impuesto sobre Sociedades.
- Se implementará un nuevo sistema informático capaz de permitir interactuar a los representantes y asesores de los contribuyentes con la Inspección sin necesidad de desplazarse a la sede del órgano inspector actuante, que incluyen una conexión por vídeo.
- Para 2020 la AEAT redoblará sus esfuerzos en las siguientes líneas: implantación de Libros Registro estructurados de forma predefinida que permitan una gestión más sencilla de las obligaciones tributarias, lucha contra el uso de sistemas de procesamiento de la información empresarial que, instalados especialmente en las cajas registradoras, permitan la ocultación de las ventas verdaderas de una actividad, y atención específica a la actividad de las plataformas de Internet dedicadas a la venta de bienes o servicios.
- En 2020 se implementará en la Unión Europea la obligación de declaración de mecanismos de planificación agresiva y otras técnicas de ocultación de la titularidad de rentas y activos, derivada de la transposición a nuestra normativa interna de la Directiva 2011/16/UE del Consejo, de 15 de febrero de 2011, conocida como DAC 6. Así, cualquier intermediario, consultor o asesor estará obligado por ella.
- Los controles simultáneos y las inspecciones coordinadas son instrumentos que tendrán presencia en el Plan de 2020.
- Los ámbitos que serán objeto de atención singular en 2020 en precios de transferencia son los siguientes: las reestructuraciones empresariales, la valoración de transmisiones intragrupo de distintos activos, señaladamente los intangibles, la deducción de partidas que pueden erosionar significativamente la base imponible, como los pagos por cánones derivados de la cesión de intangibles o por servicios intragrupo o la existencia de pérdidas reiteradas.
- Se seguirá, como en años anteriores, poniendo énfasis en la detección de establecimientos permanentes no declarados debido a la inmediata merma de ingresos tributarios que ello produce.
- Se pondrá el foco en pequeños grupos fiscales que generan bases negativas de forma reiterada.
- En el 2020 se llevará a cabo control reforzado de los grandes patrimonios a través de la Unidad Central de Coordinación del Control de Patrimonios Relevantes (UCCCPR)
- Respecto al impuesto sobre sociedades, durante el año 2020, la Inspección incidirá en expedientes en los que existan bases imponibles negativas, para verificar la existencia del saldo, su exactitud, el origen del mismo y, en la medida permitida por el artículo 26.5 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, comprobar dichas bases imponibles negativas declaradas ya aplicadas o que estén pendientes de compensación.
- Potenciación y mejora del control de los contribuyentes no declarantes de IRPF, IS y IVA.
- Diseño y desarrollo de una herramienta de control de retenciones en sede del retenedor ampliando las contingencias objeto de comprobación mediante la herramienta de gestión de riesgos
- En el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se llevarán a cabo, además de los controles basados en fuentes de información interna, nuevos controles basados en información internacional (DAC), control de rentas inmobiliarias basadas en nuevas fuentes de información (modelo 179) y control de ganancias patrimoniales basados en información notarial y registral
- Actuaciones de colaboración con la Inspección de trabajo y la Seguridad Social en el marco de Planes de control comunes y coordinados.
- Intensificación de las actuaciones de control tendentes a comprobar el adecuado cumplimiento de los requisitos específicos previstos para la correcta aplicación del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos, cuando su actividad sea económica.
- En 2020 se intensificará el control de las rentas obtenidas por artistas y deportistas no residentes que actúan en territorio español.
- Actuaciones de control en el marco de las relaciones con las Haciendas forales.