IIVTNU: construcción oficinas en un terreno con pérdida patrimonial

En la sentencia del TSJ, la recurrente solicita la declaración de no sujeción al IIVTNU de la transmisión de una finca, habiéndose adquirido la misma en un doble momento: primero el suelo sobre el que, posteriormente, se construyó un edificio de oficinas. Como prueba documental, se aportaron las escrituras de compraventa del terreno, la escritura de declaración de obra nueva, y escritura de compraventa por la que se formalizó la transmisión del citado inmueble.

El Tribunal Superior de Madrid concluye que de toda la documentación aportada se evidencia que la operación ha supuesto una pérdida patrimonial para el transmitente, y, por tanto, no procede la sujeción al impuesto de IIVTNU. Además, dice el TSJ que se tiene que ‘‘descontar el valor del edificio, tanto la declaración de obra nueva por un valor de X euros, como el informe de valoración del suelo en X euros.’’