El derecho a la información de los socios minoritarios

En esta sentencia se contempla la situación de un directivo durante la celebración de la junta del grupo empresarial del que era socio minoritario, con una participación del 2,62% en el capital.

El socio minoritario solicita información detallada sobre las transacciones del grupo en relación con las cuentas anuales, petición que se le deniega por el resto de la junta. Tampoco le permiten acceder a documentos sobre las retribuciones anuales de los consejeros, sobre los sueldos de la alta dirección, ni saber qué personas disponen de tarjeta de crédito de la empresa.

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictaminado que la ocultación de la información que se solicitaba es suficiente para declarar la nulidad de la totalidad de los acuerdos adoptados en la junta, y, que se vulnera el derecho a la información del socio porque ‘’debe disfrutar de los mismos derechos que el resto a pedir las cuentas y papeles que considere en caso de ver que las cosas no se han hecho bien.’’