No es posible acumular liquidaciones para superar los límites de cuantía a efectos de recurso de casación
El Tribunal Supremo falla que el recurso de casación debe ser inadmitido, cuando no se cumple el requisito de cuantía de 600.000,00 euros, fijado por el art. 86.2 b) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y que no se admite la acumulación de pretensiones a fin de superar este límite.
En caso de que existan varias liquidaciones, que no superen cada una de forma individual el citado límite, no se podrán acumular para así cumplir el requisito de la cuantía.