TEAC modifica doctrina sobre cómputo del plazo de actuaciones inspectoras

El TEAC modifica su doctrina sobre el cómputo del plazo de las actuaciones inspectoras

El TEAC procede a modificar su doctrina, en atención a la STS de 4 abril de 2017, y resuelve que el plazo máximo de las actuaciones inspectoras termina el día correspondiente al mismo ordinal que el de la notificación del inicio del procedimiento, en el mes correspondiente.

 

Señala el TEAC que, aunque el artículo 150 de la LGT puede dar lugar a diversas interpretaciones, la mantenida por el Supremo es la más acorde con el principio de seguridad jurídica al unificar el criterio para el cómputo de los plazos por meses.