El riesgo del Brexit es un motivo económico válido

El régimen especial de fusiones permite un diferimiento de la tributación de las rentas positivas generadas por la transmisión de elementos patrimoniales siempre que el objeto de la operación tenga un motivo económico válido y no tenga por objetivo la evasión fiscal.

Dicho esto, según la DGT constituye motivo económico válido para aplicar el régimen especial de fusiones del Impuesto sobre Sociedades, que la finalidad de la reestructuración sea minimizar el riesgo causado por la incertidumbre del Brexit.