Devolución de las cantidades pagadas por la cláusula suelo deducidas por adquisición de vivienda habitual

Devolución de las cantidades pagadas por la cláusula suelo deducidas por adquisición de vivienda habitual

Las devoluciones de las cantidades pagadas por cláusula suelo que han formado parte de la base de la deducción por inversión en una adquisición en una vivienda habitual, perderán el derecho de la deducción, debiendo integrar tal cantidad a la cuota liquida estatal y autonómica, devengada en el ejercicio en el que se celebró el acuerdo de devolución con la entidad financiera.

Es importante recalcar que tan solo se incluirán las cantidades devueltas que se incluyeron en la base de la deducción. Y en ningún caso se incluirán intereses de demora.

En el caso que plantea la consulta, en los ejercicios a los que corresponden las cantidades devueltas, se había superado la base máxima de deducción por inversión en la adquisición de vivienda habitual, por lo que la DGT entiende que no se practicó la deducción sobre tales cantidades. Por tanto, no ha formado parte de manera efectiva de la base de deducción