Sujeción de las operaciones efectuadas por una sociedad mercantil dedicada al asesoramiento internacional al Impuesto sobre el Valor Añadido.

Sujeción de las operaciones efectuadas por una sociedad mercantil dedicada al asesoramiento internacional al Impuesto sobre el Valor Añadido.

 

La consultante es una sociedad mercantil dedicada al asesoramiento internacional y consultoría en los ámbitos del consumo y de la moda. Presta servicios a empresas no establecidas en la Comunidad. Se plantea la sujeción de las operaciones efectuadas  al Impuesto sobre el Valor Añadido.

Aunque la consultante, a efectos del impuesto cumple la condición de empresario o profesional y las operaciones efectuadas se entienden como prestaciones de servicios/entregas de bienes, dichos servicios no estarán sujetos al impuesto sobre el Valor Añadido, ya que los destinatarios de los servicios de asesoramiento prestados por la consultante son siempre empresarios establecidos fuera del territorio de aplicación del impuesto.