Indefensión del contribuyente: error en la sede electrónica de la AEAT con fechas de notificación diferentes

Indefensión del contribuyente: error en la sede electrónica de la AEAT con fechas de notificación diferentes

La Audiencia Nacional reconoce la indefensión de un contribuyente que, aun estando obligado a comunicarse con la Agencia Tributaria a través de medios electrónicos, recibe una notificación por duplicado mediante correo certificado y telemáticamente, resultando dos fechas de notificación de una misma liquidación, lo que provoca que la Agencia Tributaria suba a su sede electrónica una información contradictoria.

En este sentido, a pesar de que la notificación por correo certificado era anterior en el tiempo, la Audiencia prioriza la fecha de notificación electrónica, ya que la Administración estaba obligada a notificar por este medio, y acepta como medio de prueba de la indefensión del contribuyente la aportación de sendas capturas de pantalla del acto recurrido realizadas en fechas distintas, donde constan dos fechas de notificación diferentes.