Prohibición de compensación en sede concursal de créditos por IVA de la AEAT

Prohibición de compensación en sede concursal de créditos por IVA de la AEAT

La administración concursal y la concursada reclaman la nulidad de las compensaciones de créditos practicadas por la AEAT y que se proceda a la devolución del IVA a devolver de los meses de marzo, abril y mayo de 2011, post concursales. La AEAT plantea conflicto de jurisdicción que se resuelve por el Tribunal de Conflictos declarando la competencia del juzgado de lo mercantil que conoce del concurso.

En primera instancia y apelación se desestima la reclamación.

El Tribunal Supremo casa la sentencia de apelación porque considera que no cabe la compensación del IVA a devolver generado después del concurso con el IVA concursal a ingresar generado por las facturas rectificativas.