Compatibilidad de la jubilación activa con la contratación laboral para la gestión de arrendamiento de inmuebles
La DGT, en remisión a la normativa laboral que considera compatible la jubilación activa con la realización de una actividad laboral por cuenta ajena, considera cumplido el requisito establecido por la norma fiscal para que el arrendamiento de inmuebles se considere una actividad económica, pudiendo por tanto el empleado cobrar a su vez una pensión de jubilación bajo la modalidad de jubilación activa.
Asimismo, la DGT establece que, partiendo de la jurisprudencia del Tribunal Supremo la jubilación activa no implica que el empleado no pueda dedicar la jornada completa a la gestión de arrendamiento de inmuebles, por ser la jubilación cuestión ajena al ámbito tributario, por lo que, cumpliendo el resto de requisitos, se podrá aplicar la exención del impuesto sobre el patrimonio a la sociedad tenedora de los inmuebles.