Intereses de demora: estimaciones parciales de liquidaciones pagadas

En los supuestos de impugnación de liquidaciones con estimación parcial, solo cabe liquidar intereses respecto de la parte de cuota no anulada hasta el momento en que se pagó la liquidación inicial.

En este sentido, la Sala reprende la actuación de la Administración que, en contra del más elemental concepto del interés de demora, sostuvo que éstos se siguen devengando igualmente, aunque la deuda hubiera sido íntegramente satisfecha.

Sentencia AN de 16 septiembre 2021 (JUR 2021\321277)