Tributación de aportaciones de bienes privativos en la sociedad de gananciales

La aportación a título gratuito por un cónyuge de un bien privativo a su sociedad de gananciales no se encuentra sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados; pero tampoco puede ser sometida a gravamen por el Impuesto sobre Donaciones la sociedad de gananciales, como patrimonio separado, ya que no es persona física o institución prevista legalmente, sin que exista norma respecto de las sociedades de gananciales, y sin poderse confundir las operaciones en las que el beneficiario es la sociedad de gananciales, con las aportaciones también a título gratuito de un bien privativo cuando el beneficiario es el otro cónyuge.