Alcance de las actuaciones inspectoras

El alcance inicial no sólo puede modificarse a instancia de parte, sino también de oficio cuando en el curso del procedimiento se pongan de manifiesto razones que lo aconsejen y siempre que el acuerdo se adopte de forma motivada.

La regularización ha de ser íntegra, alcanzando tanto a los aspectos positivos como a los negativos para el obligado tributario. Cuando un contribuyente se ve sometido a una comprobación y se procede a la regularización mediante la oportuna liquidación procede atender a todos los componentes. Es decir, el principio de íntegra regularización que no puede encontrar limitación entre actuaciones generales o parciales, si bien debe aplicarse dentro de cada marco concreto en el que debe ponderarse.