Aprobación de cuentas anuales por una empresa concursada en fase de liquidación

Una compañía en concurso en fase de liquidación en la que las facultades del administrador han sido suspendidas, presenta cuentas anuales formuladas por la administración concursal sin que conste en la certificación la aprobación de éstas por parte de la junta.

El registrador no procede al depósito de las cuentas debido a su falta de aprobación. La DGRN, tras el pertinente recurso, confirma su nota de calificación que según la ley “subsistirá la obligación legal de formular y de someter a auditoría las cuentas anuales, correspondiendo tales facultades a los administradores concursales” también debe interpretarse que subsiste la obligación de ser aprobadas por la junta excepto que, por circunstancias del caso, el juez del concurso exonerará a la compañía de tal aprobación.