Deducibilidad de gastos en la actividad económica

La factura no es un requisito indispensable para la deducibilidad de un gasto vinculado a una actividad económica

El TSJ de Cataluña ha resuelto que no hay obstáculo para considerar que los gastos justificados con tiquets, están vinculados a la actividad profesional del contribuyente, lo que ha sido suficientemente acreditado por éste, y ello sin que la Administración, que se queda en lo puramente formal (la inexistencia de factura) ofrezca motivación alguna sobre la falta de correlación con los ingresos de la actividad.