El concepto de consumidor

El Tribunal Supremo casa y anula la sentencia de apelación confirmando la de instancia.

 

El supuesto de hecho versa sobre la anulación de un préstamo hipotecario debido a la existencia de cláusulas abusivas por ser una consumidora la prestataria. Se trataba de una traductora de profesión que lo solicitó para la apertura de un bar.

 

El Supremo, con aplicación de la jurisprudencia comunitaria, considera que la prestataria no tiene la consideración de consumidora.

 

Es preciso atender al ámbito objetivo de la operación de la operación y no a la personalidad del contratante. El préstamo no se solicitó para la satisfacción de las necesidades de consumo privado de la prestataria, sino para el ejercicio de una actividad profesional, aunque fuera para el futuro.