El pasado 30 de diciembre se publicó la Orden Ministerial que aprueba el modelo 231 de declaración de Información país por país, que deberá ser presentado en los 12 meses siguientes a la finalización del periodo impositivo al que haga referencia, con la siguiente información agregada por países o jurisdicciones:
· Ingresos brutos del grupo, en euros, distinguiendo entre los obtenidos con entidades vinculadas y los obtenidos con terceros.
· Resultados antes de Impuesto sobre Sociedades o equivalente, en euros.
· Impuestos sobre Sociedades o equivalente satisfechos, incluyendo las retenciones soportadas, en euros.
· Capital y resultados no distribuidos a final del periodo impositivo, en euros.
· Plantilla media.
· Inversiones inmobiliarias y activos materiales que no sean tesorería o derechos de crédito, en euros.
· Listado de las entidades residentes y establecimientos permanentes, detallando la actividad principal desarrollada por cada una.
· Cualquier otra información que se considere relevante incluyendo, en su caso, una explicación de los datos incluidos en la declaración.