La transformación de participaciones sociales y sus implicaciones en el IRPF

En una resolución reciente, la DGT ha considerado que la transformación de participaciones sociales con voto a participaciones sociales sin voto supone variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente por lo que la calificación a efectos del IRPF es la de ganancias o pérdidas patrimoniales. El valor de transmisión será el mayor del valor de mercado de las nuevas participaciones sociales o el de las antiguas que son sustituidas. La ganancia o pérdida patrimonial obtenida se imputará a la base imponible del ahorro, al derivar de una transmisión.