La asistencia de todos los miembros como requisito para la válida constitución del consejo de administración de una SL

La RDGRN ha determinado, en una resolución de octubre de este año, que es válida la cláusula estatutaria por la que se exija la asistencia (presentes o representados) de todos los miembros como requisito para la válida constitución del consejo de administración.

Entendemos que exigiendo la asistencia de todos los miembros sería una forma de impedir la convocatoria de un consejo aprovechando la imposibilidad de algunos de los miembros para asistir, en caso de un quórum de constitución menor.

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