Procedimiento sancionador: presunción de inocencia, no de culpabilidad

Procedimiento sancionador: presunción de inocencia, no de culpabilidad  Como viene siendo habitual en los últimos meses, el Tribunal Supremo critica la actuación de la Administración, reprochando su escasa y defectuosa motivación en materia sancionadora. Así, a pesar de parecer una obviedad, el Alto Tribunal recuerda que lo que debe presumirse es la inocencia del administrado, no su culpabilidad. En consecuencia, el órgano sancionador está obligado a motivar, en primer lugar, la presencia de…