El traslado a España de bienes y derechos situados en el extranjero

El traslado a España de bienes y derechos situados en el extranjero No debe informarse en el “Modelo 720 de información sobre bienes y derechos en el extranjero” la titularidad de bienes o derechos cuando, habiéndose declarado en las correspondientes declaraciones de ejercicios anteriores, hayan sido trasladados o depositados en España. La razón es que el traslado a España no supone la pérdida de la titularidad sobre los mismos, pero si la de su condición de extranjeros por lo tanto dejan de…