La Administración no puede exigir mayor grado de diligencia a una entidad por ser gran empresa
La Administración no puede exigir mayor grado de diligencia a una entidad por ser gran empresa En el presente supuesto, la Administración había impuesto a un obligado tributario la sanción por solicitar indebidamente devoluciones, por entender que, siendo el obligado tributario una persona jurídica, teniendo grandes medios económicos y recibiendo el más competente de los asesoramientos, le es exigible un mayor grado de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. El TEAC, en…