La autoliquidación del IVA por la persona para la que se realiza la operación sujeta a IVA en el marco de un procedimiento concursal
En una sentencia reciente, el TJUE ha dictado que el concepto de “procedimiento obligatorio de liquidación” que figura en la versión española del artículo 199, apartado 1, letra g, de la Directiva 2006/112/CE y en consecuencia el término “proceso concursal” recogido en el artículo 84 apartado uno de la LIVA, engloba cualquier venta de un bien inmueble realizada por el deudor de un crédito ejecutivo no sólo en el marco de un proceso de liquidación del patrimonio de éste, sino también en el marco…