La India activa la cláusula de nación más favorecida de su convenio para evitar la doble imposición con España
El acuerdo para evitar la doble imposición (CDI) entre la India y España, firmado en 1993 y en vigencia desde 1995, establece en su artículo 13 que los cánones y los pagos por servicios técnicos estarán sujetos a un impuesto del 20% en el Estado de origen (con excepciones que gravan ciertos tipos de cánones al 10%). Sin embargo, el protocolo del CDI incluye en su artículo 7 una cláusula de nación más favorecida (NMF), que indica que, si la India firma un CDI con otro Estado miembro de la OCDE…

