Una oficina con personal que se dedica a desarrollar una app no se considera EP a efectos del IVA
La consultante es una mercantil con domicilio fiscal en Reino Unido que se dedica al desarrollo de software. Ha alquilado una oficina en el TAI y tiene previsto contratar cinco trabajadores con el fin de desarrollar únicamente una aplicación informática, no prestándose servicios ni entregándose bienes a terceros. Tributos recuerda las cuatro condiciones necesarias para otorgar la condición de EP establecidas en la jurisprudencia del TSJUE, que son: gozar de una estructura mínima en un EM…

